Requisitos para alquilar el piso propio
Esta cuestión suele ser complicada para quienes recién llegan al país, pues en general se piden uno o dos contratos de trabajo. Además, algunos propietarios suelen exigir que esos contratos de trabajo sean indefinidos, cosa muy difícil de lograr en el primer trabajo (en general, los contratos laborales implican un período de prueba de 6 meses).
Otros propietarios, más flexibles, aceptan como alternativa el constituir un aval bancario. Es decir: solicitan que el inquilino deposite en una cuenta bancaria una X cantidad de dinero (en general, entre 3 y 5 alquileres), firmando un documento en el que se autoriza al propietario a retirar el dinero en caso de que el inquilino incumpla sus obligaciones (ver: Cómo abrir una cuenta bancaria). Ese dinero quedará «bloqueado» por el banco y generará un interés, pero, el banco a su vez cobra por el «servicio» y por lo general ese monto es mayor que los intereses generados, pero es muy poco dinero.
En conclusión: los requisitos son variables y el factor suerte está presente. Hay casos de dueños de pisos muy flexibles, responsables y agradables, y casos que son lo contrario.
Otro requisito que suele pedirse es el de depósito, que oscila entre uno o dos valores mensuales del alquiler (por ejemplo, si el alquiler mensual es de 600 euros, el depósito oscilará entre los 600 y 1200 euros). El depósito se solicita para que el propietario pueda quedárselo en caso de que el inquilino incumpla sus obligaciones de pago o se vaya de la vivienda habiendo provocado algún daño en ésta. El depósito se entrega una sola vez, al comienzo del contrato y se reintegra al finalizar éste (o al cancelarlo, por ejemplo, si el inquilino se va de común acuerdo con el propietario). Nota: no es lo mismo el aval bancario que el depósito (como dijimos, el depósito sirve al propietario también en caso de que el inquilino provoque un daño en la vivienda o de que se vaya antes del primer año de contrato).
Inmobiliarias
Con las inmobiliarias suele ser más duro negociar. El agente inmobiliario busca «cubrirse las espaldas» exigiendo el máximo de garantías. Por eso son pocas las inmobiliarias que admiten aval bancario (y muchas piden incluso dos contratos de trabajo). La comisión inmobiliaria que piden es del 10% del valor anual del contrato (es decir: el 10% de doce veces el alquiler mensual).
Condiciones de los contratos de alquiler
Los contratos, por lo general, se hacen a 5 años (con obligación de mantener fijo el alquiler: no se lo pueden indexar por inflación ni aumentar unilateralmente). El inquilino está obligado a quedarse el primer año. Si no lo hace, pierde el depósito. Luego del primer año tiene derecho a irse sin penalización si previamente le informa su decisión al propietario con 30 días de anticipación (esta cláusula puede variar, llegando a los 60 días: depende del propietario o inmobiliaria, por eso siempre es recomendable leer el contrato detenidamente).